miércoles, 21 de abril de 2010

Contrato de Auditoria

CONTRATO DE AUDITORÍA EN INFORMÁTICA


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Contrato de prestación de servicios profesionales de auditoría en informática que celebran por una parte el Despacho Jurídico LJRR, representado por Lic. Jaime Romero Reséndiz en su carácter de Propietario del Despacho Jurídico LJRR y que en lo sucesivo se denominará “el cliente”, por otra partela Universidad Tecnológica de San Juan del Río, representada por Chávez Hernández Celia, Guzmán Olvera Juan Antonio y Reséndiz Mentado Antonio a quien se denominarán “auditores”, de conformidad con las declaraciones y cláusulas siguientes:

DECLARACIONES

I.- El cliente declara:

a) Que es un Despacho Jurídico que presta un servicio de excelencia, calidad, confianza y atención ofreciéndole el máximo grado de satisfacción a nuestros clientes y colaboradores a través de una respuesta inmediata a sus necesidades específicas que excedan sus expectativas.
b) Que está representado para este acto por el Lic. Jaime Romero Reséndiz y que tiene como su domicilio Avenida Juárez, poniente No.59-100, San Juan del Río Querétaro, Tel: 2-84-84
c) Que requiere obtener servicios de auditoría en informática, por lo que ha decidido contratar los servicios del auditor.
II.- Declara el auditor:

a) Que es una sociedad anónima, constituida y existente de acuerdo con las leyes y que dentro de sus objetivos primordiales está el de prestar auditoría en informática y en general cualquier otra especialidad que se requiere para ejercer su función.
b) Que está constituida legalmente según escritura número 10 de fecha 12 de Abril de 2010 ante el notario público núm. 7 del décimo distrito Lic. Guzmán Olvera Juan Antonio
c) Que señala como su domicilio Av. La Palma No. 125, Col. Vista Hermosa, San Juan del Río, Qro., edificio J, cuya institución se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes número UTS990521 4M1

III.- Declaran ambas partes:
a) Que habiendo llegado a un acuerdo sobre lo antes mencionado, lo formalizan otorgando el presente contrato que se contiene en las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto
El auditor se obliga a prestar al cliente los servicios de auditoría en informática para llevar a cabo la evaluación de la dirección de informática del cliente, que se detallan en la propuesta de servicios anexa que, firmada por las partes, forma parte integrante del contrato.

Segunda. Alcance del trabajo
El alcance de los trabajos que llevará a cabo el auditor interno dentro del contrato son:
a) Evaluaciones de la dirección de informática en lo que corresponde a:
 Su organización
 Funciones
 Estructura
 Cumplimiento de los objetivos
 Recursos humanos
 Normas y políticas
 Capacitación
 Planes de trabajo.
 Controles.
 Estándares.
 Condiciones de trabajo.
 Situación presupuestal y financiera.

b) Evaluación de los sistemas:
 Evaluación de los diferentes sistemas en operación
 Opiniones de los usuarios
 Evaluación de avances de los sistemas en desarrollo y congruencia con el diseño general, control de proyectos, modularidad de los sistema.
 Evaluación de prioridades y recursos asignados (humanos y equipo de cómputo)
 Seguridad Lógica de los sistemas, confidencialidad y respaldos
 Derechos de autor y secretos industriales, de los sistemas propios y los utilizados por la organización
 Evaluación de las bases de datos.

c) Evaluación de los equipos:
 Adquisición, costo / beneficio.
 Capacidades.
 Utilización.
 Estandarización.
 Controles.
 Nuevos proyectos de adquisición.
 Almacenamiento.
 Comunicación.
 Redes.
 Equipos adicionales.
 Respaldos.
 Controles de compra, renta o renta con opción de compra.
 Planes y proyecciones de adquisición de nuevos equipos
 Mantenimientos.

d) Evaluación de la seguridad:
 Seguridad lógica y confidencialidad
 Seguridad en el personal
 Seguridad física
 Seguridad contra virus.
 Seguros
 Seguridad en la utilización de los equipos
 Seguridad en la restauración de los equipos y de los sistemas
 Plan de contingencia y procedimientos en caso de desastre

e) Elaboración de informes que contengan conclusiones y recomendaciones por cada uno de los trabajos señalados en los incisos a, b, c, d de esta cláusula.

Tercera. Programa de trabajo
El cliente y el auditor convienen en desarrollar en forma conjunta un programa de trabajo en el que se determinen con precisión las actividades a realizar por cada una de las partes, los responsables de levarlas a cabo y las fechas de realización.

Cuarta. Supervisión
El cliente o quien designe tendrá derecho a supervisar los trabajos que se le han encomendado al auditor dentro de este contrato y a dar por escrito las instrucciones que estime convenientes.

Quinta. Coordinación de los trabajos
El cliente designará por parte de la organización a un coordinador del proyecto, quien será el responsable de coordinar la recopilación de la información que solicite el auditor, y de que las reuniones y entrevistas establecidas en el programa de trabajo se lleven a cabo en las fechas establecidas.

Sexta. Horario de trabajo
El personal del auditor dedicará el tiempo necesario para cumplir satisfactoriamente con los trabajos materia de la celebración de este contrato, de acuerdo al programa de trabajo convenido por ambas partes, y gozará de libertad fuera del tiempo destinado al cumplimiento de las actividades, por lo que no estará sujeto a horarios y jornadas determinadas.

Séptima. Personal asignado
El auditor designará para el desarrollo de los trabajos objeto de este contrato a socios del despacho, quienes cuando consideren necesario, incorporarán personal técnico capacitado de que dispone la firma, en el número que se requieran y de acuerdo a los trabajos a realizar.

Octava. Relación laboral
El personal del auditor no tendrá ninguna relación laboral con el cliente y queda expresamente estipulado que este contrato se suscribe en atención a que el auditor en ningún momento se considera intermediario del cliente respecto al personal que ocupe para dar cumplimiento de las obligaciones que se deriven de las relaciones entre él y su personal, y que exime al cliente de cualquier responsabilidad que a este respecto existiere.

Novena. Plazo de trabajo
El auditor se obliga a terminar los trabajos señalados en la cláusula segunda de este contrato en viernes 15 días hábiles después de la fecha en que se firme el contrato y sea cobrado el anticipo correspondiente. El tiempo estimado para la terminación de los trabajos está con relación a la oportunidad con que el cliente entregue los documentos requeridos por el auditor y al cumplimiento de las fechas estipuladas en el programa de trabajo aprobado por las partes, por lo que cualquier retraso ocasionado por parte del personal del cliente o de usuarios de los sistemas repercutirá en el plazo estipulado, el cual deberá incrementarse de acuerdo a las nuevas fechas establecidas en el programa de trabajo, sin perjuicio alguno para el auditor.

Décima. Honorarios
El cliente pagará al auditor por los trabajos objeto del presente contrato, honorarios por la cantidad de $20 000.00 m/n más el impuesto al valor agregado correspondiente. La forma de pago será la siguiente:

a) 20 % a la firma del contrato.
b) 20 % a los 10 días hábiles después de iniciados los trabajos
c) 60 %a la terminación de los trabajos y presentación del informe final.

Undécima. Alcance de los honorarios
El importe señalado en la cláusula décima compensará al auditor por sueldos, honorarios, organización y dirección técnica propia de los servicios de auditoría, prestaciones sociales y laborales de su personal.

Duodécima. Incremento de honorarios
En caso de que se tenga un retraso debido a la falta de entrega de información, demora o cancelación de las reuniones, o cualquier otra causa imputable al cliente, este contrato se incrementará en forma proporcional al retraso y se señalará el incremento de común acuerdo.
Decimotercera. Trabajos adicionales

De ser necesaria alguna adición a los alcances o productos del presente contrato, las partes celebrarán por separado un convenio que formará parte integrante de este instrumento y en forma conjunta se acordará el nuevo costo.

Decimocuarta. Viáticos y pasajes
El importe de los viáticos y pasajes en que incurra el auditor en el traslado, hospedaje y alimentación que requieran durante su permanencia en la ciudad de San Juan del Rio, como consecuencia de los trabajos objeto de este contrato, será por cuenta del cliente.

Decimoquinta. Gastos generales
Los gastos de fotocopiado y dibujo que se produzcan con motivo de este contrato correrá por cuenta del cliente.

Decimosexta. Causas de rescisión
Serán causas de rescisión del presente contrato la violación o incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.

Decimoséptima. Jurisdicción
Todo lo no previsto en este contrato se regirá por las disposiciones relativas, contenidas en el Código Civil del Décimo Distrito y, en caso de controversia para su interpretación y cumplimiento, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales federales, renunciando al fuero que les pueda corresponder en razón de su domicilio presente o futuro.
Enteradas las partes del contenido y alcance legal de este contrato, lo rubrican y firman de conformidad, en original y tres copias, en la ciudad de San Juan del Río, el día 15 de Marzo.





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