CONTENIDO
ARTÍCULO 18. El derecho de autor comprende los derechos morales y patrimoniales, que protegen la paternidad, la integridad y el aprovechamiento de la obra.
ARTÍCULO 19. El derecho moral del autor es inalienable, imprescriptible e irrenunciable. Comprende las facultades para:
a) Reivindicar en todo tiempo la paternidad de la obra, en especial, exigir la mención de su nombre o seudónimo, como autor de la obra, en todas las reproducciones y utilizaciones de ella;
b) Oponerse a cualquier deformación, mutilación u otra modificación de la obra, sin su previo y expreso consentimiento o a cualquier modificación o utilización de la obra que la desmerezca o cause perjuicio a su honor o reputación como autor;
c) Conservar su obra inédita o anónima o, disponer por testamento que así se mantenga después de su fallecimiento;
d) Modificar la obra, antes o después de su publicación;
e) Retractarse o retirar la obra después de haber autorizado su divulgación, previa indemnización de daños y perjuicios al titular de los derechos pecuniarios; y
f) Retirar la obra del comercio, previa indemnización de daños y perjuicios al titular de los derechos de explotación.
ARTÍCULO 20. Al fallecimiento del autor, únicamente se transmite a sus herederos, sin limite de tiempo, el ejercicio de los derechos a que se refiere los incisos a) y b) del artículo 19 de esta Ley. A falta de herederos, el ejercicio de esos derechos corresponde al Estado.
ARTÍCULO 21. El derecho pecuniario o patrimonial, confiere al titular del derecho de autorlas facultades de utilizar directa y personalmente la obra, de transferir total o parcialmentesus derechos sobre ella y de autorizar su utilización por terceros.Sólo el titular del derecho de autor o quienes estuvieron expresamente autorizados por él,tendrán el derecho de utilizar la obra por cualquier medio, forma o proceso; deconsiguiente, les corresponde autorizar cualquiera de los actos siguientes:
a) La reproducción por cualquier procedimiento;
b) La traducción a cualquier idioma o dialecto;
c) La adaptación, arreglo o transformación;
d) La comunicación al público, directa o indirectamente, por cualquier procedimiento o medio, conocido o por conocerse, en particular los actos siguientes:
La declamación, representación o ejecución;
La proyección o exhibición pública;
La radiodifusión;
La transmisión por hilo, cable fibra óptica u otro procedimiento análogo;
La retransmisión por cualquiera de los medios citados en los numerales iii) y iv) anteriores,
La difusión por medio de parlantes, telefonía o aparatos electrónicos semejantes;
El acceso público a bases de datos de ordenadores por medio de telecomunicación;
La puesta a disposición del público de las obras, de tal forma que los miembros del público puedan acceder a estas obras desde el lugar y en el momento que cada uno de ellos elija.
e) La distribución pública del original y copias de su obra, ya sea por medio de la venta, arrendamiento o cualquier otra forma. Cuando la distribución se efectúe mediante venta, ésta se extingue a partir de la primera venta realizada, salvo las excepciones legales; y
f) La de autorizar o prohibir la importación de copias de su obra legalmente fabricadas, y la de impedir la importación de copias fabricadas sin su autorización.
ARTÍCULO 22. Las diversas formas de utilización a que se refiere el artículo 21 de estaley, son independientes entre sí. La autorización para un determinado uso no es aplicablea otros. La cesión de los derechos de explotación sobre sus obras no impide al autor publicarlas,reunidas en colección escogida o completa.
ARTÍCULO 23. El derecho de autor es inembargable. Podrán embargarse los ejemplares o reproducciones de una sola publicada, así como el producto económico percibido por la explotación de los derechos patrimoniales y los créditos provenientes de esos derechos.
ARTÍCULO 24. Por el derecho de autor queda protegida exclusivamente la forma mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras. No son objeto de protección las ideas contenidas en las obras literarias y artísticas, el contenido ideológico o técnico de las obras científicas, ni su aprovechamiento industrial o comercial.
Los descubrimientos, los conocimientos y las enseñanzas, así como los métodos de investigación no están protegidos por el derecho de autor.
ARTÍCULO 25. Las obras protegidas por el derecho de autor que aparezcan en publicaciones o emisiones periódicas, no pierden por este hecho su protección legal. La protección de la ley no se aplicará al contenido informativo de las noticias periodísticas de actualidad publicadas por cualquier medio de difusión, pero sí al texto y a las representaciones gráficas de las mismas.
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